Contenido creado por Sergio Pintado
Política

No es igual

INDDHH se expresó en contra de baja de la imputabilidad

La INDDHH se expresó en contra de la baja de la edad de imputabilidad, asegurando que la reforma viola el “derecho de Igualdad”. La institución cuestiona que un juez decida discrecionalmente si un adolescente es sometido o no al Código Penal adulto.

23.07.2014 17:57

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2014-07-23T17:57:00-03:00
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La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) se expresó formalmente en contra de la baja de la edad de imputabilidad, a través de una declaración publicada este miércoles. Según la organización, la reforma podría provocar "serias dificultades para interpretar la Constitución de la República en su conjunto".

En la declaración, la INDDHH recoge los argumentos utilizados por varias organizaciones que ya se expresaron anteriormente, también en contra de la reforma, como la Universidad de la República o la Asociación Psicoanalítica del Uruguay y recuerda algunas disposiciones del Código de la Niñez y la Adolescencia y la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.

Además, y según la opinión de sus cinco integrantes, la Institución sostiene que de aprobarse la reforma constitucional habrá "contradicciones entre el texto propuesto y otras normas históricamente incorporadas" a la Constitución, específicamente en lo que concierne al "derecho de igualdad".

En efecto, la declaración de la INDDHH sostiene que la reforma impulsada por el Partido Colorado "incorpora la llamada 'teoría del discernimiento', según la cual no las personas entre los 16 y los 18 años de edad pueden ser sometidas al Código Penal adulto, sino solamente aquellas que, de acuerdo a lo que entienda discrecionalmente el juez competente, tienen 'madurez o discernimiento suficientes' para actuar".

Según la Institución, "esta teoría ha sido abandonada por el Derecho Penal Liberal, aplicado en los países de mayor desarrollo democrático, por vulnerar el principio general de Derecho que consagra la generalidad de la ley", dado que "la Justicia no puede, en forma discrecional o a partir de una decisión subjetiva del magistrado actuante, disponer si una norma jurídica se aplica o no a personas que se encuentran objetivamente en una misma categoría, en el caso, en la misma franja etárea".

La declaración recuerda además que Uruguay "asumió oportunamente la obligación ante la comunidad internacional de establecer el estándar mínimo de los 18 años de edad para comenzar a aplicar las normas del Derecho Penal adulto". En ese sentido, la INDDHH entiende que "desconocer ese estándar viola el principio de no regresividad, según el cual, una vez alcanzado determinado nivel de protección de un derecho, el Estado no puede disminuirlo".

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Documentos asociados:

Declaración-INDDHH-sobre-reforma-constitucional.pdf -