Contenido creado por Martín Otheguy
Política

Mejor no hablar de ciertas cosas

Las razones para condenar a Andrés Lima

El juez que procesó a Andrés Lima por difamación consideró que el intendente actuó con "malicia temeraria" al acusar públicamente a los ediles y que expuso a la denunciante a los insultos de "ratera" y "corrupta" en su lugar de estudio y las redes sociales.

26.05.2016 08:45

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2016-05-26T08:45:00-03:00
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El juez penal de Salto Hugo Rundie condenó a ocho meses de prisión al intendente de Salto Andrés Lima como autor de un delito de "difamación". Lima había sido denunciado por la edila del Frente Amplio Daiana Añasco, a quien había incluido en una denuncia por falsificación de boletas.

Rundie lo condenó por un delito de difamación cometido a través de los medios de comunicación, en ocasión de informar sobre la presunta adulteración de boletas oficiales por parte de tres ediles.

El juez Rundie confirmó ayer a Montevideo Portal que Lima fue condenado a prisión, pero que por su carácter de primario podrá acceder al beneficio de la "suspensión condicional de la pena".

¿Cuáles fueron exactamente los argumentos de la Justicia para condenar al jerarca? Rundie consideró que la conducta del intendente se adecuó a la figura delictiva prevista en el artículo 333 del Código Penal (difamación) puesto que a través de una conferencia de prensa brindada el 9 de marzo de 2016 atribuyó a la denunciante la participación en la adulteración de boletas, lo que de ser cierto podría eventualmente dar lugar a un procedimiento penal o disciplinario contra ella, o exponerla al odio y desprecio público.

En cuanto a la solicitud de no suspensión de ciudadanía peticionada por la defensa del intendente, el magistrado señaló que "al ser pena de prisión es aplicable el artículo 82 del Código Penal", que establece que la pena de prisión lleva consigo la suspensión del cargo y oficio público, profesiones académicas y derechos políticos. Es decir, según la Justicia no podría seguir ocupando su cargo, pero el constitucionalista José Korzeniak explicó a Montevideo Portal que el jerarca podrá mantener en su cargo mientras la sentencia no esté firme. El intendente apelará la sentencia, lo que demorará la condena final.  

La denuncia

Según la denuncia, la edila se sintió vulnerada en su honor cuando el intendente brindó una conferencia de prensa a medios radiales, escritos y televisivos, tanto de difusión local como nacional, identificándola como una de las tres autoras de una maniobra de adulteración de boletas. Considera que lo "lógico" era que se procediera a realizar una investigación administrativa (cumpliendo así con lo que establece el Decreto Departamental 5940/1997, sobre investigaciones y sumarios) y en caso de detectarse alguna irregularidad que así lo ameritara, se denunciara la misma ante la justicia, "siendo innecesaria y cargada de malicia la conferencia de prensa realizada".

La denunciante manifestó también que se la expuso públicamente con una sola finalidad de índole político, a causa de un enfrentamiento por la candidatura interna a la presidencia del Frente Amplio a nivel departamental. Insistió en que el intendente antepuso lo "político sobre lo jurídico".

Como consecuencia de la conferencia de prensa, afirma que recibió un "aluvión" de dichos e insultos a través de las redes sociales, cuestionándola a nivel familiar y social, "dañándola tanto en su incipiente carrera política como universitaria".

Hay que acotar que la Justicia, en esta resolución, no se pronunció sobre la denuncia por adulteración de boletas ya que se encuentra en etapa presumarial "y por no ser tampoco el objeto del presente juicio". Es decir, no se pronuncia sobre la veracidad de las denuncias de Lima ya que el tema está aún bajo estudio, aunque la edil niega su participación.

"A juicio de este sentenciante y de la prueba relacionada en el resultando anterior, se encuentra plenamente probado que el denunciado obró con 'malicia temeraria' al brindar la conferencia de prensa el pasado 9 de marzo del corriente, lo que se repitió en diversas, puntuales y sucesivas declaraciones públicas sobre el tema de fondo.

Los insultos

La edila aclaró en audiencia que se enteró de la conferencia de prensa en la que se la identificaba como una de las partícipes de la adulteración el mismo 9 de marzo, mientras estaba en la Facultad y su novio la llama al celular, agregando que de inmediato en las redes sociales la tildaron de "ratera, corrupta, ladrona", "la edil que se robó la plata". Debió cerrar su cuenta en Facebook y suspendió por unos días su asistencia al centro educativo, dado que se hizo una publicación con su foto bajo el título "Acá está la edil chorra". "Tuvo problemas con su familia y vecinos en general a raíz de ello. La denunciante mantiene su posición en cuanto a la negativa de su participación en el evento (presunta adulteración) que se le atribuye, no realizando ni participando (a diferencia de los otros ediles) de otra 'conferencia de descargo', pues en la fecha que P. y G. se manifestaron públicamente a través de los medios de prensa, ella priorizó su asistencia a clases en la Facultad, actitud coherente con el motivo de la denuncia que da impulso a obrados".

La Justicia consideró que Lima "pudo y debió no identificar a nadie en la misma conferencia del día 9, máxime cuando momentos previos fue notoriamente advertido por parte de su equipo de gobierno, entre los cuáles había un abogado y siendo él mismo también abogado".