Montevideo Portal
Tras la condena de Andrés Lima, intendente de Salto, por un delito de difamación, el constitucionalista José Korzeniak explicó a Montevideo Portal que el jerarca podrá mantener en su cargo mientras la sentencia no esté firme.
Korzeniak dijo que "las condiciones para ejercer el cargo de intendente son varias", y una de ellas es "la de tener la ciudadanía en ejercicio, no suspendida".
La suspensión de la ciudadanía, recordó, está prevista en la Constitución en el artículo 80, y entre ellas figura el procesamiento, "la primera decisión judicial en el proceso penal", siempre y cuando se trate "de un delito que haya de recaer pena de penitenciaría" (dos años o más).
En el caso que implica al intendente de Salto, que fue "un juicio por difamación, hecho en audiencia", Korzeniak apuntó que, "aunque haya alguna discusión al respecto, se sostiene que el juez puede condenar. Y el artículo 80 de la Constitución dice que la condena, aunque sea chiquita, produce la suspensión de la ciudadanía".
No obstante, Korzeniak aclaró que "la sentencia de condena produce ese efecto una vez que pasa en autoridad de cosa juzgada, es decir, una vez que transcurren los plazos para presentar la apelación. Si hay apelación, la sentencia no produce efectos, hasta que un Tribunal Superior resuelva y confirme o revoque la sentencia".
El constitucionalista agregó que recién ahora están corriendo los tiempos de apelación, y, si esta se resuelve a favor del intendente "no pasa nada". Si confirma la sentencia de condena se produce la suspensión de ciudadanía, y en ese caso, Lima no podría ejercer el cargo de intendente.
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