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Cómo calcular el IRPF con el nuevo mínimo no imponible

Con el nuevo mínimo no imponible del IRPF, ¿a partir de qué sueldo se aplica el descuento y cuánto se paga? Ofrecemos planillas para calcular el descuento de IRPF en tu salario y un comparativo con anteriores impuestos.

26.01.2015 11:38

Lectura: 5'

2015-01-26T11:38:00-03:00
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Con la publicación del decreto que establece el nuevo valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) para el año 2015 se confirmó el mínimo no imponible del IRPF para este año (que ya se había anunciado semanas atrás) y se establece de esta forma qué salarios y pasividades aportan IRPF e IASS.

La BPC pasó de $ 2.819, (valor del 2014), a $ 3.052. El monto mínimo no imponible del IRPF para los trabajadores pasó de $ 19.733 a $ 21.364 y en el caso del IASS de los pasivos el monto mínimo no imponible pasó de $ 22.552 a $ 24.416.

Como los aportes a la seguridad social y el aporte al FONASA se toman en cuenta para las deducciones, en el caso de los trabajadores los topes de ingreso salarial para aportar IRPF es mayor que los $21.364 que determina el monto mínimo no imponible (más abajo se detallan todos los casos).

La planilla que adjuntamos en esta nota permite calcular -tras colocar toda la información solicitada, como hijos a cargo o si hay deducciones, entre otros datos- cuánto se paga de IRPF con el nuevo mínimo y cuánto es el líquido que se cobrará. Adjuntamos también otra planilla para que los pasivos calculen el cobro del IASS.

Las planillas también comparan lo que se descuenta actualmente con el primer IRPF (el que estuvo vigente hasta el 31 de agosto del 2008) y el viejo IRP (Impuesto a las Retribuciones Personales) que se aplicaba desde la dictadura y fuera eliminado en junio de 2007 por la reforma tributaria.

En el caso de la planilla de los pasivos, también hay una comparación entre el IRP, el IRPF (el que se derogó por haberse declarado inconstitucional), con el actual IASS.

A continuación publicamos también las cifras de salarios actualizadas, que hacen de tope, para saber si se aporta o no el IRPF y el IASS durante 2015.

Trabajadores (con un único empleo), y con hijos menores y capaces:

• Trabajadores sin hijos y con un sueldo nominal hasta $ 26.580 no paga nada de anticipo mensual de IRPF.

• Trabajadores con 1 hijo y con un sueldo nominal hasta $ 30.520 no paga nada de anticipo mensual IRPF.

• Trabajadores con 2 hijos y con un sueldo nominal hasta $ 32.960 no paga nada de anticipo mensual de IRPF.

• Trabajadores con 3 hijos y con un sueldo nomianl hasta $ 36.860 no paga nada de anticipo menusal de IRPF.

Para estos casos los hijos tienen que ser menores de 18 años y capaces.

• En el casod e trabajadores con 1 hijo legalmante reconocido como incapaz de cualquier edad y con un sueldo nominal hasta $ 32.960 no paga anticipo mensual de IRFP.

• Con 2 hijos legalmente reconocidos como discapacitados de cualquier edad y con un sueldo nominal hasta $ 40.750 no paga nada de anticipo mensual de IRPF.

Situaciones con cónyuge o concubino sin actividad:

• Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $ 27.260 no paga nada de anticipo mensual de IRPF (y desde diciembre 2013, el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el FONASA).

• Trabajadores con 1 hijo y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $ 30.520 no paga nada de anticipo mensual de IRPF (y desde diciembre 2012 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el FONASA).

• Trabajadores con 2 hijos y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $ 33.760 no paga nada de anticipo mensual de IRPF (y desde diciembre 2011 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el FONASA).

• Trabajadores con 3 hijos y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $ 37.750 no paga nada de anticipo mensual de IRPF (y desde diciembre 2010 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el FONASA).

• Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con 2 hijos a cargo, uno capaz y otro discapacitado, con un sueldo nominal hasta $ 37.750 no paga nada de anticipo emnsual de IRPF (y desde diciembre 2011 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el FONASA).

• Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con 3 hijos a cargo, dos capaces y uno discapacitado, con un sueldo nominal hasta $ 41.740 no paga nada de anticipo mensual de IRPF (y desde diciembre 2010 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el FONASA).

En el caso de pasivos: no pagan IASS los pasivos que tengan una pasividad, a partir del año 2015, hasta $ 24.416.

Documentos asociados:

IASS PASIVOS 2015.xls -
IRPF 2015 ÚNICO EMPLEO.xls -